¡CONOZCA SUS DERECHOS!

A continuación se encuentra una lista de los puntos de los que usualmente hablo durante las presentaciones que hago para conocer sus derechos de inmigración:

EN SU CASA

Si usted es indocumentado y los agentes de inmigración (ICE) llaman a su puerta, tiene los siguientes derechos:

No tiene que abrir la puerta. Usted no tiene que abrir la puerta o dejar entrar los oficiales en su casa a menos que tengan una orden válida firmada por un juez.

o Una orden de deportación de ICE no es lo mismo que una orden de registro. Si éste es el único documento que tienen, no pueden entrar legalmente a menos que usted acepte verbalmente dejarlos entrar.

o Si los oficiales dicen que tienen una orden de registro firmada por un juez, pídales que la deslice debajo de la puerta o que la sostenga hasta una ventana para que pueda verla.

o Si la orden no tiene su nombre y dirección correctos en él y no está firmado por un juez, no tiene que abrir la puerta o dejarlos entrar.

o Si en cualquier momento usted decide hablar con los oficiales, no necesita abrir la puerta para hacerlo. Usted puede hablar con ellos a través de la puerta o paso fuera y cerrar la puerta.

Usted tiene derecho a permanecer en silencio. No necesita hablar con los oficiales de inmigración ni responder a ninguna pregunta.

o Si se le pregunta dónde nació o cómo entró a los Estados Unidos, puede negar a responder o permanecer en silencio.

o Si decide permanecer en silencio, dígalo en voz alta.

o Usted puede mostrar una tarjeta de conocer sus derechos al oficial que le explica que permanecerá en silencio y desea hablar con un abogado.

o Usted puede negarse a mostrar documentos de identidad que digan de qué país usted es.

o No muestre ningún documento falso y NO MIENTA!

• Tiene derecho a hablar con un abogado. Si está detenido, tiene derecho a contactar inmediatamente a un abogado.

o Incluso si usted no tiene un abogado, puede decirle a los oficiales de inmigración que quiere hablar con uno.

o Si tiene un abogado, tiene derecho a hablar con ellos. Si tiene un Formulario G-28 firmado, que muestra que tiene un abogado, dáselo al oficial.

o Usted puede negarse a firmar cualquier papeleo hasta que haya tenido la oportunidad de hablar con un abogado.

EN PÚBLICO

Si usted es indocumentado y los oficiales de inmigración (ICE) lo detienen en la calle o en un lugar público, sepa que tiene los siguientes derechos:

Usted tiene derecho a permanecer en silencio. No necesita hablar con los oficiales de inmigración ni responder a ninguna pregunta.

o Usted puede preguntar si usted es libre de irse. Si el oficial dice que no, usted puede ejercer su derecho a guardar silencio.

o Si se le pregunta dónde nació o cómo entró a los Estados Unidos, puede negarse a responder o permanecer en silencio.

o Si decide permanecer en silencio, dígalo en voz alta.

o Usted puede mostrar una tarjeta de conocer sus derechos al oficial que le explica que permanecerá en silencio y desea hablar con un abogado.

o Usted puede negarse a mostrar documentos de identidad que digan de qué país usted es.

o No muestre ningún documento falso y NO MIENTA!

Usted puede rechazar una búsqueda. Si se detiene para interrogar pero no se detiene, no tiene que consentir en una búsqueda de usted o de sus pertenencias, pero un oficial puede “tapar” su ropa si él o ella sospecha que tiene un arma.

Tiene derecho a hablar con un abogado. Si está detenido, tiene derecho a contactar inmediatamente a un abogado.

o Incluso si no tiene un abogado, puede decirle a los oficiales de inmigración que quiere hablar con un abogado.

o Si tiene un abogado, tiene derecho a hablar con ellos. Si tiene un Formulario DHS G-28 firmado, que muestra que tiene un abogado, dárselo a un oficial.

o Usted también tiene derecho a ponerse en contacto con su consulado.

o Usted puede negarse a firmar cualquier papeleo hasta que haya tenido la oportunidad de hablar con un abogado.

EN SU TRABAJO

Si los oficiales de inmigración (ICE) vienen a su lugar de trabajo, deben tener una orden de registro válida o el consentimiento de su empleador para entrar en áreas no públicas. Si usted es indocumentado y los oficiales de inmigración llegan a su lugar de trabajo, tenga en cuenta lo siguiente:

No entre en pánico y no huya. Si usted está asustado y siente que necesita salir, puede caminar tranquilamente hacia la salida.

o Si está detenido, puede preguntar si es libre de irse. Si el oficial dice que no, no trate de salir del edificio.

o Si usted es interrogado, puede decirles que desea permanecer en silencio.

Usted tiene derecho a permanecer en silencio. No necesita hablar con las autoridades de inmigración ni responder a ninguna pregunta.

o Si se le pregunta dónde nació, o cómo entró a los Estados Unidos, puede negarse a responder o permanecer en silencio.

o Si decide permanecer en silencio, dígalo en voz alta.

o Si le piden que permanezca en un grupo de acuerdo a su estado de inmigración, no tiene que mudarse, o puede mudarse a un área que no está designada para un grupo en particular.

o Usted puede mostrar una tarjeta de conocer sus derechos a un oficial que le explica que permanecerá en silencio y desea hablar con un abogado.

o Usted puede negarse a mostrar documentos de identidad que digan de qué país usted es.

o No muestre documentos falsos y no mienta.

Tiene derecho a hablar con un abogado. Si está detenido, tiene derecho a contactar inmediatamente a un abogado.

o Incluso si usted no tiene un abogado, puede decirle a los oficiales de inmigración que quiere hablar con uno.

o Si tiene un abogado, tiene derecho a hablar con ellos. Si tiene un Formulario G-28 firmado, que muestra que tiene un abogado, dáselo a un oficial.

o Usted también tiene derecho a ponerse en contacto con su consulado.

o Usted puede negarse a firmar cualquier papeleo hasta que haya tenido la oportunidad de hablar con un abogado.

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